QUINTA.-
Disponer que en un plazo de 180 días calendarios, la Municipalidad Distrital de Ate en coordinación con INDECI y otros organismos competentes elabore un estudio de riesgo y vulnerabilidad física, de accesibilidad y de usos del suelo de la zona calificada como ZRE donde se localizan asentamientos humanos en laderas de pendiente pronunciada. Dicho estudio deberá ser presentado a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que con informe del IMP sea aprobado por Ordenanza Metropolitana.