Cuarta.- Disponer que un plazo de 180 días calendario la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar en coordinación con los propietarios de los predios elabore el Planeamiento Integral de la zona calificada como Zona de Reglamentación Especial (ZRE), la cual deberá considerar los usos urbanos en el área, respetándose las concesiones otorgadas para uso agropecuario, vías de acceso y otros usos que se consideren necesarios. Dicho planeamiento deberá ser presentado a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que con opinión favorable del Instituto Metropolitano de Planificación sea aprobado mediante Ordenanza.