DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dispóngase que todos los Expedientes en trámite relacionados a los Cambios Específicos de Zonificación del Distrito de San Juan de Lurigancho cuya zonificación se aprueba por la presente Ordenanza, que se encuentren en las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sean remitidos a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fin de ser resueltos en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. Segunda.- Dispóngase que en un plazo de 180 días calendario la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho en coordinación con las juntas vecinales y los propietarios de predios, elabore un estudio con el propósito de resolver el problema de ordenamiento ambiental y urbano del sector calificado como Zona de Reglamentación Especial denominado Villa San Antonio - Quebradas Altas de Canto Grande y Media Luna y formule un planeamiento integral del área definiendo los usos del suelo, equipamiento urbanos y los trazos de vías locales y metropolitanas, los que serán presentados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación mediante Ordenanza.