Artículo 2º.- Plano de Alturas de Edificación del Distrito de Barranco. Aprobar el Plano de Alturas de Edificación para la Zona Monumental del Distrito de Barranco (Plano Nº 02 – Anexo Nº 02) que precisa las alturas de edificación aprobadas para la Zona Monumental del Distrito de Barranco mediante Ordenanza Nº 343-MML. Este Plano será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima.