Artículo 5.- Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas Disponer que la Municipalidad Distrital de San Borja, en estricta sujeción al Plano de Zonificación de los Usos del Suelo y las Normas Generales de Zonificación, formule el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas que corresponde a su Distrito, el cual se evaluará y aprobará mediante Ordenanza Metropolitana.