Artículo 7.- Zona de Reglamentación Especial ZRE-1 del Sector Bello Horizonte Establecer como Zona de Reglamentación Especial ZRE-1 el Sector de Bello Horizonte señalado en el Plano de Zonificación que se aprueba con la presente Ordenanza, en el cual la Municipalidad de Chorrillos deberá realizar un Estudio de Planeamiento Integral que considere aspectos de carácter físico, ambiental y legal de la situación del área y formule la propuesta específica para el tratamiento de la misma, en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario. Dicha propuesta con la opinión de PROHVILLA, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de la Subgerencia de Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios a la Ciudad de la MML y del Instituto Metropolitano de Planificación, será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación por Ordenanza Metropolitana.