Artículo 1.- Compatibilizar la ubicación y extensión del Área Natural de Pantanos de Villa - Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa, con lo establecido oficialmente por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura según Decreto Supremo Nº 055-2006-AG del 1 de setiembre del 2006, con lo cual dicha área se precisa en doscientas sesenta y tres hectáreas y dos mil setecientos metros cuadrados (263.27 Ha.), cuyas coordenadas UTM están establecidas en 66 hitos debidamente descritos en el referido Decreto Supremo y se grafica en el Plano Nº 01 - Anexo Nº 01.(*) (*) Artículo precisado por el Artículo 2 de la Ordenanza N° 1430, publicada el 16 septiembre 2010, cuyo texto es el siguiente: “Artículo 1.- Compatibilizar la ubicación y extensión del Area Natural de Pantanos de Villa - Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa, con lo establecido oficialmente por la Resolución Ministerial Nº 909-2000-AG del 03 de diciembre del 2000 y por el Decreto Supremo Nº 055-2006-AG del 01 de diciembre del 2006, con lo cual dicha área se precisa en doscientos sesenta y tres hectáreas