Segunda.- Dispóngase que en un plazo de 180 días calendario la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima establezca las orientaciones técnicas, legales y administrativas así como la reglamentación correspondiente para la Zona de Reglamentación Especial ZRE del sector comprendido entre la Vía de Evitamiento, la Av. Plácido Jiménez y la Av. Ferrocarril con el propósito de resolver el problema de impacto ambiental y de salubridad del sector urbano del Cercado de Lima antes mencionado.