Tercera.- Dispóngase que en un plazo de 90 días calendario, la Municipalidad Distrital de Ancón en coordinación con el Instituto Nacional de Cultura - INC, elabore las normas urbanísticas y edificatorias que serán de aplicación en la Zona Monumental del distrito las mismas que deberán ser aprobadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza.