Segunda.- Dispóngase que en un plazo de 90 días calendario, la Municipalidad Distrital de Ancón remita al Instituto Metropolitano de Planificación la propuesta del Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Área de Tratamiento Normativo IV - Áreas Especiales, el que servirá de base para la elaboración del Índice de Usos de los Balnearios de Lima Metropolitana, el cual deberá ser aprobado mediante Ordenanza Metropolitana.