Tercera.- Dispóngase que en un plazo de 180 días calendario, la Municipalidad Distrital de Jesús María en coordinación con el Instituto Nacional de Cultura - INC, elabore las normas urbanísticas y edificatorias que serán de aplicación en la Zona Monumental del Olivar de Jesús María,
las mismas que deberán ser aprobadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
Ordenanza.