Artículo 30. Impedimentos para contratar • Gerente de la empresa del Estado. 30.1. Con independencia del régimen legal de contratación aplicable, los impedimentos Tipo 1.E: Durante el ejercicio del cargo y para ser participante, postor, contratista o • Director de la empresa del dentro de los seis meses siguientes subcontratista con la entidad contratante son los Estado. a la culminación de este, en todo siguientes: • Miembro del consejo directivo proceso de contratación de la de los organismos públicos del entidad contratante de la cual 1. Impedimentos de carácter personal: Poder Ejecutivo. forma parte el directorio o consejo aplicables a autoridades, funcionarios directivo y en la entidad contratante o servidores públicos de acuerdo con lo a la que representan, según que señala esta ley. Se subdivide en siete corresponda. tipos: Tipo 1.F: Durante la vigencia del vínculo En los demás casos de los Servidor público distinto a las laboral con la entidad en todo impedidos del tipo 1.A, 1.B y 1.C, personas de los tipos 1.A, 1.B, 1.C, proceso de contratación de la según corresponda, en todo proceso 1.D y 1.E, incluido aquel sujeto a entidad a la que pertenecen. de contratación en el ámbito de carreras especiales y trabajadores competencia institucional (Congreso de las empresas del Estado. Dentro de los seis meses de la República y organismos siguientes a la culminación de constitucionalmente autónomos), dicho vínculo en los procesos de sectorial (ministros y viceministros), contratación de la entidad siempre territorial (autoridades de los que, por la función desempeñada, gobiernos regionales y locales en hayan tenido infl uencia, poder de el ámbito de sus funciones) o decisión, información privilegiada jurisdiccional (jueces y fi scales). referida a tales procesos, o Durante el ejercicio del cargo del presenten confl icto de intereses. impedido del tipo 1.D y dentro Tipo 2.B: de los seis meses siguientes a la Parientes de los impedidos del tipo Tipo 1.G: culminación del cargo respectivo. 1.D del numeral 1 del párrafo 30.1 Persona natural o jurídica que, del artículo 30. como parte o representante de la En todo proceso de contratación de entidad contratante, intervenga la entidad contratante. directamente en las siguientes Durante el ejercicio del cargo del actuaciones: impedido del tipo 1.E y dentro de los a. Determinación del requerimiento seis meses siguientes a la culminación o la estimación del presupuesto, Tipo 2.C: del ejercicio del cargo respectivo. salvo que se trate de la Parientes de los impedidos del tipo En todo proceso de contratación de la p in a te rt r ic a i c p c a ió ci n ó n co e n n l e a l e m ta e p r a c ad d o e , E re n s p e e l c p t r i o vo ce , s m o i e d n e t r c a o s n e tr s a te ta d ci u ó r n e . 1 d . e E l a d r e tí l c n u u lo m 3 e 0 ra . l 1 del párrafo 30.1 e 1 n .E ti d fo a r d m d a e p l a a r t c e u d a e l l e d l ir im ec p to e r d io id o o c d o e n l s ti e p j o o prevista en el Título IV de la directivo, y en la entidad a la que estos presente ley. representan, según corresponda. b. Elaboración de documentos del Durante la vigencia del vínculo laboral procedimiento de selección. del impedido del tipo 1.F en todo c. Califi cación o evaluación de proceso de contratación de la entidad ofertas. contratante; y dentro de los seis meses d. Conformidad de los contratos Tipo 2.D: siguientes a la culminación del vínculo derivados de dicho procedimiento, Parientes de impedidos del tipo 1.F laboral, en todo proceso de contratación salvo en el caso de los contratos del numeral 1 del párrafo 30.1 del de la entidad contratante, siempre que, de supervisión.
artículo 30. por la función desempeñada, hayan tenido infl uencia, poder de decisión, 2. Impedimentos en razón del parentesco: información privilegiada referida a tales aplicables a los parientes hasta el segundo procesos, o presenten confl icto de grado de consanguinidad y segundo de afi nidad, intereses. lo que incluye al cónyuge, al conviviente y al Durante el proceso de contratación progenitor del hijo de los impedidos referidos Tipo 2.E: de la entidad contratante siempre en el numeral 1 del párrafo 30.1 del artículo 30 Parientes de impedidos del tipo que el impedido del tipo 1.G, haya de la presente ley. El impedimento no aplica 1.G del numeral 1 del párrafo 30.1 intervenido en las actuaciones del si el pariente hubiese suscrito un contrato del artículo 30. respectivo proceso de contratación. derivado de un procedimiento de selección competitivo o no competitivo o hubiese 3. Impedimentos para personas jurídicas o por ejecutado cuatro contratos menores en el representación. El alcance del impedimento mismo tipo de objeto al que postula. Para el para contratar con el Estado obedece a las caso de bienes y obras, el pariente debe haber siguientes precisiones: ejecutado los contratos dentro de los dos años Impedimentos para personas jurídicas previos a la convocatoria del procedimiento Alcance del impedimento de selección, contratación directa o a la o por representación de estas adjudicación de un contrato menor. Para el caso Tipo 3.A: de servicios, los dos años de experiencia son Personas jurídicas con fi nes de lucro en consecutivos. las que los impedidos establecidos en De otro modo, estos impedimentos se aplican los numerales 1 y 2 del párrafo 30.1 del conforme a las siguientes precisiones: artículo 30 tengan o hayan tenido una El alcance y la temporalidad participación individual o conjunta superior aplicables para los impedidos al 30 % del capital o patrimonio social, son los mismos de los Impedimentos en razón del dentro de los doce meses anteriores a numerales 1 y 2 del párrafo Alcance del impedimento parentesco la convocatoria del procedimiento de 30.1 del artículo 30, según el selección o requerimiento de invitación al impedido que corresponda. Durante el ejercicio del cargo de los proveedor, en caso de contratos menores. El impedimento para la impedidos de los tipos 1.A, 1.B y 1.C, Tipo 3.B: persona jurídica se produce y dentro de los seis meses siguientes Personas jurídicas sin fi nes de lucro al inicio del cargo de la a la culminación del ejercicio del en las que los impedidos establecidos persona impedida, sea con su Tipo 2.A: cargo respectivo. en los numerales 1 y 2 del párrafo designación o juramentación Parientes de los impedidos de los 30.1 del artículo 30 participen o hayan en el cargo, conforme lo tipos 1.A, 1.B y 1.C del numeral 1 En el caso de los parientes del participado como miembros de sus determine la normativa de la del párrafo 30.1 del artículo 30. presidente de la República y consejos directivos, dentro de los doce materia. vicepresidentes de la República, meses anteriores a la convocatoria el impedimento aplica para todo del procedimiento de selección o a la proceso de contratación a nivel fecha del requerimiento de invitación al nacional. proveedor, en caso de contratos menores. 12 NORMAS LEGALES Lunes 24 de junio de 2024/ El Peruano Tipo 3.C: Tipo 4.B: Personas jurídicas, salvo las empresas Personas naturales con sentencia del Estado, donde los impedidos condenatoria consentida o ejecutoriada establecidos en los numerales 1 y por delito doloso, emitida en el país o el 2 del párrafo 30.1 del artículo 30 se extranjero. desempeñen como miembros de los órganos de administración, apoderados Personas jurídicas, cuyos representantes o representantes legales en asuntos legales cuenten con sentencia vinculados a contrataciones públicas. condenatoria consentida o ejecutoriada emitida en el país o el extranjero, por la Durante el plazo de la En el caso de los apoderados, el poder comisión de los siguientes delitos: condena, en todo proceso de debe estar referido a actuaciones o actos • Delitos tipifi cados en los artículos contratación pública a nivel que como proveedor le corresponde en el 382 al 401 y 241 del Código Penal nacional. marco de un proceso de contratación ante Peruano, tales como concusión, una entidad contratante. peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfi co de Tipo 3.D: infl uencias, o delitos equivalentes Personas naturales que tengan como en caso estos hayan sido cometidos apoderados o representantes a los en otros países; así como los impedidos establecidos en los numerales comprendidos en el Decreto Legislativo 1 y 2 del párrafo 30.1 del artículo 30 en 1106, Decreto Legislativo de Lucha asuntos vinculados a contrataciones Efi caz contra el Lavado de Activos y públicas. otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado. En el caso de los apoderados, el poder Tipo 4.C: debe estar referido a actuaciones o actos Proveedores con sanción fi rme por que como proveedor le corresponde en el Durante los doce meses infracción califi cada como muy grave marco de un proceso de contratación ante , siguientes desde que la previstos en la Segunda Disposición una entidad contratante. sanción quedó fi rme, en todo Complementaria Final del Decreto proceso de contratación Legislativo 1034, Decreto Legislativo Tipo 3.E: pública a nivel nacional. que aprueba la Ley de Represión de Personas jurídicas que realicen las Conductas Anticompetitivas. mismas actividades societarias conforme a su objeto social, cuyos integrantes Tipo 4.D: (representantes legales, miembros de Personas inscritas en el Registro de los órganos de administración, socios, Deudores de Reparaciones Civiles accionistas, participacionistas o titulares, Durante la vigencia de la (REDERECI) o el que haga sus veces a siempre que su participación individual sanción, en todo proceso de nombre propio o a través de una persona
o conjunta sea superior al 30 % del contratación a nivel nacional. jurídica en la que sea accionista u otro capital o patrimonio social) formen o similar, con excepción de las empresas hayan formado parte, en la fecha cuando que cotizan acciones en bolsa. se cometió la infracción, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas Las personas naturales inscritas en el Durante la permanencia en administrativamente con inhabilitación Registro Nacional de Sanciones contra el registro, o la vigencia de la temporal o defi nitiva. Servidores Civiles o el que haga sus sanción, según corresponda, veces, por la comisión de infracciones salvo las disposiciones Tipo 3.F: relacionadas a su actuación en materia de previstas para el REDAM, en Mientras dure el impedimento Personas naturales o jurídicas que, contratación pública. todo proceso de contratación de la persona que lo origina, en encontrándose impedidas, constituyan, pública a nivel nacional. todo proceso de contratación a absorban o se fusionen con otra persona Personas inscritas en el Registro de nivel nacional. jurídica del mismo rubro. Deudores Alimentarios (REDAM) o el que haga sus veces. En este caso, no aplica En un mismo procedimiento el impedimento si, a la suscripción del de selección o ítem contrato, el deudor acredita el cambio de Tipo 3.G: correspondiente, y en los su condición a través de la cancelación Personas naturales o jurídicas que catálogos electrónicos de respectiva o autoriza el descuento del pertenecen a un mismo grupo económico, acuerdo marco, salvo cuando monto de la pensión mensual fi jada en el conforme se defi na en el reglamento de las personas del mismo grupo proceso de alimentos. económico participen en forma la ley. Tipo 4.E: consorciada, mientras dure Personas naturales o jurídicas que se Durante la permanencia en dicho procedimiento. encuentren comprendidas en alguna de el listado, en todo proceso de las listas de organismos multilaterales de contratación pública a nivel 4. Impedimentos derivados de sanciones personas y empresas no elegibles para nacional. administrativas, civiles y penales, o por la ser contratadas. inclusión en otros registros: el alcance del impedimento para contratar con el Estado es aplicable a las personas naturales o jurídicas, 30.2. El reglamento desarrolla los supuestos de conforme a las siguientes precisiones: inaplicación temporal del impedimento si, como consecuencia de este, se genera riesgo de desabastecimiento en la prestación de servicios. Impedimentos derivados de sanciones Alcance del impedimento o por la inclusión de otros registros Artículo 31. Ficha Única del Proveedor (FUP) Tipo 4.A: Durante el tiempo de la
31.1. La Ficha Única del Proveedor (FUP) del RNP Proveedores sancionados por el Tribunal inhabilitación, en todo proceso consolida la información relevante de los de Contrataciones Públicas con sanción de contratación pública a nivel proveedores, sobre la base de la información de inhabilitación temporal o defi nitiva. nacional. administrada por el OECE y provenientes de otras fuentes externas mediante mecanismos de interoperabilidad. 31.2. En la FUP se informa respecto de los proveedores que tengan los siguientes impedimentos previstos en el párrafo 30.1 del artículo 30: a) De carácter personal: tipos 1.A, 1.B, 1.C, 1.D y 1.E. b) Por parentesco: tipos 2.A, 2.B y 2.C. c) Respecto de personas jurídicas o por representación: tipos 3.C y 3.D. d) Derivados de sanciones administrativas, civiles y penales o por inclusión en otros registros: tipos 4.A, 4.C, 4.D y 4.E. 31.3. El OECE es responsable de realizar las acciones para que la FUP, mediante mecanismos de interoperabilidad con otras entidades o sobre la base de lo declarado por los propios proveedores, contenga la información necesaria para la determinación del impedimento. 31.4. La FUP contiene información histórica de los proveedores, incluyendo los contratos que hubiera suscrito y los procedimientos de selección en los que hubiera participado, entre otros. Las entidades contratantes no pueden exigir a los proveedores la información que conste en la FUP.
artículo 30 de la presente ley se aplican a las contrataciones que deriven de la aplicación de los Procedimientos Especiales de Contratación previstos en el párrafo 11.4 del artículo 11 de la Ley 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura. 3. Las discrepancias que surjan entre las partes respecto de los procedimientos especiales de selección previstos en el párrafo 11.4 del artículo 11 de la Ley 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura, que versen sobre la etapa de invitación a licitar y la etapa de evaluación, según el procedimiento especial de contratación, se resuelven mediante apelación. 4. El recurso de apelación se interpone ante el Tribunal de Contrataciones Públicas a los actos que dictan los resultados de las etapas mencionadas en el párrafo 3 de la presente disposición complementaria fi nal, tras la adjudicación del contrato. 5. Las materias a las cuales el participante del procedimiento puede interponer recurso de apelación son las siguientes: a) Haberse realizado la evaluación sin tener en cuenta los documentos presentados por el apelante en el plazo y formato requerido. b) Haberse realizado la evaluación incurriendo en error aritmético en el cálculo y ponderación de los puntajes, cuando dicho error haya perjudicado al apelante en la adjudicación del contrato. 6. El plazo para interponer el recurso de apelación es de diez días hábiles desde la publicación de la adjudicación en la Pladicop. El plazo no es prorrogable. 7. En todos los demás aspectos, el procedimiento administrativo que resuelve la apelación se rige por el Título V, Capítulo I, referido a la solución de controversias antes del perfeccionamiento del contrato y por el reglamento.