LEY-32069 — Artículo 19

Ley General de Contrataciones Públicas - Ley N° 32069 · Perú · Vigente desde 21 de junio de 2024

Artículo 19. Causales de vacancia del cargo de vocal del Tribunal de Contrataciones Públicas 19.1. La vacancia de los vocales del Tribunal de Contrataciones Públicas se produce por las siguientes causales: a) Renuncia al cargo. b) Fallecimiento. c) Incapacidad física o mental permanente. d) Condena por delito doloso, mediante sentencia consentida o ejecutoriada. e) Inhabilitación administrativa fi rme o que haya adquirido la calidad de cosa decidida o inhabilitación judicial consentida o ejecutoriada. f) Vencimiento del período de designación, salvo la continuación en el ejercicio de las funciones a la que se refi ere el párrafo 17.2 del artículo 17 de la presente ley. g) Incompatibilidad sobreviniente. 19.2. La vacancia se formaliza mediante resolución suprema refrendada por el ministro de Economía y Finanzas.

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