LEY-28976 — Artículo 19

Ley N° 28976 — Ley Marco de Licencia de Funcionamiento (TUO · DS 163-2020-PCM) · Perú · Vigente desde 3 de octubre de 2020

Artículo 19.- Supervisión

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a través de la Comisión de Acceso al Mercado, deberá supervisar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, conforme a sus competencias.

(Texto según el artículo 17 de la Ley N° 28976)

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