DS-029-2019-VIVIENDA — Artículo 37

Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA — Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación · Perú · Vigente desde 5 de noviembre de 2019

Artículo 37.- Recepciones Parciales El administrado puede solicitar la recepción parcial de las obras de habilitación urbana por etapas, siempre que se hayan ejecutado todas las obras proyectadas y autorizadas con la licencia para la etapa respectiva. Se puede inscribir en el Registro de Predios la etapa recepcionada, permaneciendo el área pendiente de ejecución de obras en la partida registral matriz.

CAPÍTULO VII REGULARIZACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS

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