DS-011-2019-TR — Artículo 36

Decreto Supremo N° 011-2019-TR — Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción · Perú · Vigente desde 11 de julio de 2019

Artículo 36.- Convocatoria a la instalación del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo La convocatoria a la instalación del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo corresponde al/a la empleador/a principal. Dicho acto se lleva a cabo en la obra de construcción, levantándose el acta respectiva. Artículo 37.- Proceso de reconformación del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo 37.1. Si el cincuenta por ciento (50%) de los/las representantes de los/las trabajadores/as, incluidos/as titulares y alternos/as, finaliza su vínculo laboral o incurre en causal de vacancia, se debe iniciar el proceso de reconformación del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo. 37.2. A falta de acuerdo sobre la cantidad de miembros titulares del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, se debe considerar la cantidad de trabajadores/as actuales de la obra y determinar la cantidad de miembros que corresponda, de acuerdo con lo establecido en el numeral 27.1. del artículo 27 del presente reglamento. 37.3. Si la cantidad de miembros del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo determinada es menor al número inicial de miembros, el/la empleador/a confirma a sus representantes que continúan en dicho Subcomité. Si la cantidad fuera mayor al número inicial de miembros, el/la empleador/a designa a sus representantes adicionales. 37.4.

El proceso de reconformación se sujeta al proceso y plazos previstos para la elección de los/las representantes de los/las trabajadores/as ante el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo (Anexo N° 2). Dichos plazos comienzan a contarse desde el día siguiente en que los/las representantes de los/las trabajadores/as, titulares y alternos/as, constituyan el cincuenta por ciento (50%) de su cantidad inicial. Artículo 38.- Reemplazo del/la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo En caso el/la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo, titular o alterno/a, finalice su vínculo laboral con el/la empleador/a, se debe iniciar inmediatamente el proceso de elecciones correspondiente para su reemplazo.

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