Artículo 30.- De la presidencia La presidencia es la encargada de convocar, presidir y dirigir las reuniones del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como facilitar la aplicación y ejecución de sus acuerdos. Artículo 31.- De la secretaría La secretaría se encarga de las labores administrativas del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 32.- De los miembros Los miembros tienen como funciones aportar iniciativas propias o de sus representados/as para ser tratadas en las sesiones, así como fomentar y hacer cumplir
los acuerdos del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otras funciones señaladas en el presente reglamento. Artículo 33.- Proceso de elección de los/las representantes de los/las trabajadores/as ante el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo 33.1. El proceso de elección de los/las representantes de los/las trabajadores/as ante el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo se desarrolla conforme a lo establecido en el presente reglamento, en un plazo máximo de dieciséis (16) días laborables, según el Anexo N° 2, en función al régimen de jornada laboral aplicable en la obra. 33.2. La organización sindical del/la empleador/a convoca a la elección de los/las representantes de los/las trabajadores/as ante el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del/de la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo.