DS-009-2025-EF — Artículo 43

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 9 de enero de 2026

Artículo 43. Anuncio de contratación futura La entidad contratante, a través de la DEC, puede publicar en la Pladicop y en su sede digital, de contar con esta, un anuncio de contratación futura de manera previa a la convocatoria en los procedimientos de selección que contemplen dicha opción, conforme a la Base Estándar correspondiente, a fin de dar a conocer de manera temprana a los potenciales proveedores la intención de convocar el procedimiento de selección, pudiendo aplicar lo dispuesto en el numeral 64.3 del artículo 64, incluyendo la siguiente información: (…)

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