DS-009-2025-EF — Artículo 27

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 22 de enero de 2025

Artículo 27. Asignación de especialidad y de categoría a los consultores de obras 27.1. Al inscribirse en el RNP, se asigna una o varias especialidades y categorías a los consultores de obra, de acuerdo con la especialidad de la obra establecida en el

artículo 27 de la Ley.

27. En base a un honorario fi jo y una comisión de éxito: modalidad de pago aplicable cuando la entidad contratante requiera que el postor formule su oferta contemplando un monto fi jo y un monto adicional como incentivo que es pagado al alcanzarse el resultado esperado. El honorario fi jo y la comisión de éxito pueden calcularse en base a porcentajes.

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