Artículo 266. Ficha de homologación 266.1. Los ministerios, en el marco de su rectoría para diseñar, establecer, ejecutar y supervisar políticas nacionales, están facultados para estandarizar requerimientos, en el ámbito de sus competencias, a través de un proceso de homologación, conforme a la directiva aprobada por Perú Compras para tal efecto. 266.2. Mediante el proceso de homologación, los ministerios estandarizan términos de referencia, especifi caciones técnicas, requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución contractual de los bienes, servicios, u obras, generando la fi cha de homologación. No corresponde homologar bienes o servicios incluidos en el listado de fi chas técnicas que administra Perú Compras. 266.3. Perú Compras aprueba en el último trimestre de cada año un listado de objetos con potencialidad de ser homologados por los ministerios, el cual es remitido a estos para su evaluación y, de ser el caso, su inclusión en el Plan Multianual de Homologación. Durante el transcurso del año, Perú Compras puede incorporar nuevos ítems en el referido listado, cuando producto de un análisis, se determine la conveniencia económica o estratégica para el Estado, informando a los sectores de la modi fi cación para su evaluación correspondiente. 266.4. Perú Compras acompaña el proceso de homologación brindándoles asistencia técnica. 266.5. Los ministerios incluyen de manera obligatoria en su plan multianual de homologación, los requerimientos que sean priorizados por la DGA mediante resolución directoral.