DS-009-2025-EF — Artículo 262

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 22 de enero de 2025

Artículo 262. Supuesto de excepción del uso de los instrumentos de estandarización La entidad contratante se encuentra exceptuada de utilizar los instrumentos de estandarización cuando haya convocado un procedimiento de selección con anterioridad a la publicación de la fi cha técnica o la fi cha homologación. La excepción culmina si el procedimiento se declara desierto, en cuyo caso el requerimiento debe adaptarse al instrumento de estandarización correspondiente.

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