DS-009-2025-EF — Artículo 252

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 22 de enero de 2025

Artículo 252. Desarrollo de la CPI 252.1. En una API, durante la primera fase se adjudica la innovación a uno o varios proveedores conforme se hubiera determinado en las bases, a fi n de que estos suscriban los contratos correspondientes para el desarrollo de la I+D. 252.2. En esta primera fase, la evaluación económica se realiza sobre 100 puntos únicamente respecto al rubro correspondiente al costo del servicio de I+D, mientras que el monto de la oferta económica del rubro correspondiente a la solución innovadora es fi jo al 100%, por lo que no es materia de califi cación. 252.3. El contrato indica las actividades que se deben realizar para alcanzar cada hito y sus resultados mínimos, sujetos a cláusulas de terminación anticipada, de ser el caso, así como la forma y plazos para la evaluación y acreditación de los resultados obtenidos y la consecuente notifi cación al contratista de continuar o no con el siguiente hito. 252.4. Al fi nal de cada hito, el área usuaria decide si corresponde resolver el contrato con uno o más contratistas de la API o si corresponde continuar con la ejecución del siguiente hito, siempre que esta resolución este prevista en el contrato y se realice según la evaluación de los resultados mínimos y el rigor técnico. 252.5. La terminación anticipada del contrato requiere el pago de la contraprestación que corresponda al contratista por el o los hitos alcanzados que tengan la conformidad respectiva acorde a lo establecido en el contrato suscrito. La resolución del contrato no da lugar a indemnización a favor del proveedor. 252.6. Tras el desarrollo de la primera fase de la API, correspondiente al I+D, el jurado evalúa los resultados obtenidos solo por los contratistas que alcanzaron el último hito, a fi n de determinar si lograron los resultados mínimos esperados y, de corresponder, otorgar la buena pro de la API a uno de ellos de acuerdo con los factores de evaluación establecidos en las bases, los cuales pueden ser objetivos, como el precio o el plazo de fabricación o entrega.

252.7. El contratista adjudicado continúa con la segunda etapa de la API, que consiste en la contratación de la solución innovadora. 252.8. En el caso de la CPP, solo se realiza la fase correspondiente a la I+ D, siendo que la evaluación económica se realiza sobre 100 puntos, conforme lo señalado en las Bases estándar. Puede adjudicarse la buena pro a uno o más proveedores, los que se sujetan a la terminación anticipada conforme a los numerales 252.3, 252.4 y 252.5.

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