DS-009-2025-EF — Artículo 219

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 22 de enero de 2025

Artículo 219. Precisiones al requerimiento El área usuaria indica en el requerimiento el modelo y tipo de contrato estandarizado de ingeniería y construcción de uso internacional que se utiliza tras analizar las características del proyecto y aquellos factores relevantes del sistema de entrega, considerando, principalmente, los siguientes aspectos: a) La complejidad según la clasi fi cación del SNPMGI y/o cantidad de las obras, bienes y/o servicios necesarios durante la ejecución de la contratación. b) Evaluación respecto a si corresponde el agrupamiento de prestaciones. c) La gestión de subcontratistas, de corresponder. d) La adecuada asignación de riesgos entre las partes. e) Flexibilidad del modelo y tipo de contrato para efectuar adecuaciones para aclarar conceptos o establecer precisiones de índole técnica. f) Mecanismos de seguimiento y cumplimiento contractual. g) Mecanismos de solución de controversias. h) Mecanismos para el cierre del contrato.

¿Tienes una duda sobre este artículo? Pregúntale a YARK gratis — audita tu proyecto contra el RNE y las ordenanzas municipales vigentes.