DS-009-2025-EF — Artículo 218

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 9 de enero de 2026

Artículo 218. Proceso de contratación de los contratos estandarizados 218.1. Las fases de actuaciones preparatorias y de selección de los contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional se rigen por la Ley y los capítulos correspondientes del Reglamento. 218.2. La fase de ejecución contractual de los contratos estandarizados se rige por el contenido del contrato suscrito, la Ley en lo que corresponda y el presente capítulo del Reglamento y supletoriamente por el Código Civil. 218.3. En las tres fases del proceso de contratación, los proveedores identi ca como con dencial la información que consideren. La entidad contratante da el tratamiento correspondiente a dicha información de acuerdo con la normativa de la materia. Artículo 218. Proceso de contratación de los contratos estandarizados (…) 218.4. En el contrato estandarizado de ingeniería y construcción de uso internacional se establecen las condiciones, límites, requisitos y otros para la contratación de subcontratistas. El subcontratista no requiere contar con RNP, sin perjuicio de que acredite no estar impedido para contratar con el Estado. (…)218.5. Para tomar decisiones durante la ejecución contractual, se toma en cuenta, en lo que corresponda, las buenas prácticas nacionales e internacionales que involucran el trabajo conjunto entre las partes para la obtención de soluciones para el proyecto y el cumplimiento de la nalidad del contrato , así como lo señalado en las guías de los contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional elegidos, salvo que los contratos estandarizados elegidos no cuenten con guías o ciales.Artículo 218. Proceso de contratación de los contratos estandarizados (…) 218.6. Para participar en el procedimiento de selección de obra cuya contratación se ejecute mediante un contrato estandarizado de ingeniería y construcción de uso internacional se requiere inscripción en el RNP de acuerdo con el alcance de la contratación, según el siguiente detalle: Sistema de entrega RNP a) Solo construcción • Ejecutor de Obra b) Diseño y Construcción • Ejecutor de Obra y • Consultor de Obra c) Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento • Ejecutor de Obra y • Consultor de Obra y • Proveedor de servicios d) Gestión del diseño y construcción al Riesgo • Ejecutor de Obras y • Consultor de Obra, solo en caso el contratista elabore y asuma el riesgo del componente de diseño como parte del alcance de la contratación convocada. e) Gestión del diseño y construcción de Agencia • Proveedor de Servicios f) Entrega Integrada de Proyectos Según el alcance de la contratación y el componente por el cual cada proveedor compite. ”

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