DS-009-2025-EF — Artículo 158

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 9 de enero de 2026

Artículo 158. Tipos de sistemas de entrega de obras 158.1. La entidad contratante determina uno de los siguientes sistemas de entrega de obra: a) Solo construcción: se contrata solo la ejecución de la obra, una vez que se cuenta con el expediente técnico aprobado. La responsabilidad del contratista corresponde al componente que ejecuta. La entidad contratante es responsable de los errores o de fi ciencias del expediente técnico. b) Diseño y construcción: el contratista es responsable de la elaboración del expediente técnico y de la ejecución de la obra. Se utiliza cuando la entidad contratante busca retener menor riesgo del diseño. Puede utilizarse para saldos de obra. c) Diseño, construcción, operación y mantenimiento: el contratista es responsable de la elaboración del expediente técnico, la ejecución de la obra, así como de la operación y mantenimiento durante el periodo que la entidad contratante determine, considerando la vida útil del activo. d) Gestión del diseño y construcción al riesgo: Este sistema de entrega se utiliza en proyectos de inversión de alta complejidad según la clasificación del SNPMGI y cuando la entidad contratante requiere que el contratista se involucre desde las primeras etapas del proyecto para gestionar el alcance del diseño. El contratista asume la responsabilidad de la entrega de la obra y puede asumir la elaboración del diseño, siempre que forme parte de sus obligaciones contractuales. e) Gestión del diseño y construcción de agencia: El contratista se encarga de gestionar los contratos de los proveedores contratados por la entidad contratante que elaboran el diseño, ejecutan la obra y cualquier otro componente que se hubiese previsto como parte del alcance, sin asumir la responsabilidad de los resultados de dichas contrataciones. El contratista sólo proporciona asesoramiento, coordinación, planificación, gestión y supervisión del costo y tiempo, además puede encargarse de otras actividades que se establezca en su contrato. Este sistema de entrega se utiliza en proyectos de inversión de alta complejidad según la clasificación del SNPMGI. f) Entrega integrada de proyecto o alianza: La entidad contratante y uno o varios contratistas suscriben un solo contrato a través del cual comparten los riesgos del proyecto y la toma de decisiones respecto del alcance, diseño, adquisiciones, ejecución de la obra, etc. bajo un ánimo de cooperación mutua. La gestión del proyecto es conjunta y todos los integrantes del contrato participan en las ganancias y pérdidas finales de la obra. Puede incluir la formulación del proyecto de inversión. (…)

Artículo 158. Tipos de sistemas de entrega de obras 158.1 La entidad contratante determina uno de los siguientes sistemas de entrega de obra: (...) d) Gestión del diseño y construcción al riesgo: Este sistema de entrega se utiliza en proyectos de inversión de alta complejidad según la clasificación del SNPMGI y cuando la entidad contratante requiere que el contratista se involucre desde las primeras etapas del proyecto para gestionar el alcance del diseño. El contratista asume la responsabilidad de la entrega de la obra y puede asumir la elaboración del diseño, siempre que forme parte de sus obligaciones contractuales. e) Gestión del diseño y construcción de agencia: El contratista se encarga de gestionar los contratos de los proveedores contratados por la entidad contratante que elaboran el diseño, ejecutan la obra y cualquier otro componente que se hubiese previsto como parte del alcance, sin asumir la responsabilidad de los resultados de dichas contrataciones. El contratista sólo proporciona asesoramiento, coordinación, planificación, gestión y supervisión del costo y tiempo, además puede encargarse de otras actividades que se establezca en su contrato. Este sistema de entrega se utiliza en proyectos de inversión de alta complejidad según la clasificación del SNPMGI. f) Entrega integrada de proyecto o alianza: La entidad contratante y uno o varios contratistas suscriben un solo contrato a través del cual comparten los riesgos del proyecto y la toma de decisiones respecto del alcance, diseño, adquisiciones, ejecución de la obra, etc. bajo un ánimo de cooperación mutua. La gestión del proyecto es conjunta y todos los integrantes del contrato participan en las ganancias y pérdidas finales de la obra. Puede incluir la formulación del proyecto de inversión. (…)158.2. Los sistemas de entrega señalados en el numeral precedente pueden incluir, adicionalmente, llave en mano, que consiste en la dotación de mobiliario, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio. Asimismo, pueden contemplar la ejecución de la obra en paralelo a la elaboración del expediente técnico, cuando el traslape entre ambos sea técnicamente viable y sustentado en un análisis costo benefi cio en la estrategia de contratación. 158.3. Para la ejecución de los sistemas de entrega c), d), e) y f) del numeral 158.1 se utilizan únicamente contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional.

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