DS-009-2025-EF — Artículo 153

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 9 de enero de 2026

Artículo 153. Segmentación de contrataciones e interacción con el mercado para obras y consultorías de obras (…) 153.2. La contratación se considera básica, cuando se cumplan las siguientes condiciones de manera concurrente: i) la inversión involucrada sea de bajo grado de innovación y de una complejidad baja o media, conforme la clasificación del SNPMGI, ii) la entidad contratante haya ejecutado previamente obras o consultorías de obras similares, iii) que el promedio de postores en los procedimientos de selección con objeto similar en los dos últimos años haya sido mayor o igual a tres y iv) no se trate de un saldo de obra. Los requerimientos de IOARR se consideran básicos. 153.3. En los supuestos en que no se cumpla alguna de las condiciones señaladas en el numeral precedente, se consideran contrataciones avanzadas. (…).

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