DS-009-2025-EF — Artículo 130

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 22 de enero de 2025

Artículo 130. Modalidades de pago para bienes y servicios: En el caso de bienes y servicios, la entidad contratante debe considerar alguna de las siguientes modalidades de pago, de acuerdo con el objeto contractual y lo determinado en la estrategia de contratación: a) Suma alzada b) Precios unitarios c) Esquema mixto d) Tarifas e) En base a porcentajes f) En base a un honorario fi jo y una comisión de éxito g) Pago por consumo

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