Artículo 130. Modalidades de pago para bienes y servicios: En el caso de bienes y servicios, la entidad contratante debe considerar alguna de las siguientes modalidades de pago, de acuerdo con el objeto contractual y lo determinado en la estrategia de contratación: a) Suma alzada b) Precios unitarios c) Esquema mixto d) Tarifas e) En base a porcentajes f) En base a un honorario fi jo y una comisión de éxito g) Pago por consumo