DS-009-2025-EF — Artículo 125

Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas · Perú · Vigente desde 9 de enero de 2026

Artículo 125. Segmentación de contrataciones de bienes y servicios (…) 125.2. Las contrataciones se consideran de alta cuantía cuando su cuantía establecida en el PAC del CMN vigente al momento que se realiza la segmentación supera el 10% del monto total para las contrataciones de bienes y servicios contempladas en éste. Este monto total incluye las contrataciones correspondientes a los catálogos electrónicos de acuerdo marco y procedimientos de selección no competitivos, los cuales no se segmentan. 125.3. Una contratación se considera de alto riesgo cuando existe la posibilidad que el procedimiento de selección tenga poca competencia debido a que se cumple alguna de las siguientes condiciones: i) que en los dos últimos años previos a la convocatoria, un procedimiento de selección para contratar dicho objeto haya sido declarado desierto, ii) que el promedio de postores para objetos contractuales similares en los dos últimos años previos a la convocatoria, haya sido menor o igual a tres en el caso de bienes, o igual o menor a dos en el caso de servicios, iii) que debido a las características o especialización del bien o servicio su disponibilidad es limitada en el mercado, o iv) se trate de un bien o servicio que no haya sido contratado anteriormente por la entidad contratante. (…)

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