Artículo 100. Condiciones generales La entidad contratante puede contratar directamente con un proveedor solo cuando se configure alguno de los supuestos del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley bajo las condiciones que a continuación se indican: (…) b) Situación de emergencia: cuando se cumplan las condiciones y el procedimiento establecido en el artículo 289. c) Situación de desabastecimiento: se configura ante la ausencia inminente de determinado bien, servicio o consultoría, debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria e imprevisible, que afecte o impida la operación de la entidad contratante o el cumplimiento de sus funciones. Dicha situación faculta a contratar bienes, servicios o consultorías solo por el tiempo y/o cantidad necesaria, para resolver la situación y llevar a cabo el procedimiento de selección competitivo que corresponda. Cuando no corresponda realizar un procedimiento de selección competitivo posterior, se justifica en el informe o informes que contienen el sustento técnico legal del procedimiento no competitivo. (…)