artículo 9º numeral 9.1) y artículo 25º numeral 25.4) de la mencionada norma, las costas y gastos en que haya incurrido la entidad en la tramitación de los procedimientos de Ejecución Coactiva, son considerados obligación exigible dentro de los mismos procedimientos; Que, con Ordenanza Municipal Nº 738/MDC, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, el 16 de abril de 2026 se estableció otorgar Amnistía Tributaria y No Tributaria Integral para el Pago al Contado del Impuesto Predial, Descuento de Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas a Favor de los Contribuyentes del Distrito de Comas, hasta el 29 de mayo de 2026, en cuya Tercera Disposición final y transitoria del mismo cuerpo normativo, faculta a la señora alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la Prórroga; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 008-2026-AL/ MDC, publicado en el diario Oficial “El Peruano” el 29 de mayo de 2026, se dispuso la prórroga de la Ordenanza Municipal Nº 738/MDC; “Ordenanza que aprueba Amnistía Tributaria y No Tributaria Integral para el Pago al Contado