Artículo 6º.- DENSIDADES En Edificación, Unifamiliar, Multifamiliar, Conjuntos Residenciales.- Se considerara 5 habitantes por unidad de vivienda cualquiera sea el área y características de ésta. El número de viviendas se determinará aplicando los parámetros edificatorios correspondientes a la Zonificación Residencial en la que se encuentra el predio. El Coeficiente de Edificación se encuentra regulado por la aplicación de los parámetros de área libre, la unidad de vivienda y la Altura de Edificación permitida.